Hasta fin de setiembre
Tienes hasta el 30 de setiembre de 2020 para presentar la solicitud de acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT
Obtén tu Deuda personalizada.
Es obligatoria para la presentación del formulario virtual N° 1704
Según se trate de:
- Las deudas tributarias por concepto de los pagos a cuenta, por rentas de la tercera categoría, del impuesto a la renta de los periodos enero, febrero y marzo de 2020.
- La deuda tributaria correspondiente al ESSALUD.
- La deuda tributaria aduanera.
- Otras deudas tributarias
La deuda tributaria personalizada se encuentra actualizada a la fecha en que se efectúe el pedido de deuda.
El detalle de la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF y de su desistimiento, así como regular las características de las garantías y las demás disposiciones aplicables a estas se encuentran establecidas en la Resolución de Superintendencia N° 113-2020/SUNAT.