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Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento hasta el 30 de Setiembre

Hasta fin de setiembre

Tienes hasta el 30 de setiembre de 2020 para presentar la solicitud de acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT

Obtén tu Deuda personalizada.

Es obligatoria para la presentación del formulario virtual N° 1704

Según se trate de:

  • Las deudas tributarias por concepto de los pagos a cuenta, por rentas de la tercera categoría, del impuesto a la renta de los periodos enero, febrero y marzo de 2020.
  • La deuda tributaria correspondiente al ESSALUD.
  • La deuda tributaria aduanera.
  • Otras deudas tributarias

La deuda tributaria personalizada se encuentra actualizada a la fecha en que se efectúe el pedido de deuda.

El detalle de la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF y de su desistimiento, así como regular las características de las garantías y las demás disposiciones aplicables a estas se encuentran establecidas en la Resolución de Superintendencia N° 113-2020/SUNAT.

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